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NOTA

  • Las condecoraciones de carácter privado no reconocidas oficialmente, tales como las de asociaciones o empresas, ellas no habilitan para ingresar como caballero de la Real Fundación en ninguna de sus categorías: Caballeros Condecorados o Caballeros Honorarios, pero se pueden presentar para complementar expediente, debiendo solicitar autorización especial para su utilización en ceremonias de la Fundación. Se deberá contar con la misma autorización en el caso de los distintivos oficiales de alguna Institución estatal, estando prohibido completamente el uso de piochas de carácter privado y figuras de carácter religioso.

  • En general, las condecoraciones privadas o piochas oficiales, solo se podrán utilizar en aquellas ceremonias a las que concurran los miembros de la Real Fundación y que sean patrocinadas por la propia asociación o empresa que otorgó el reconocimiento.

  • Tampoco serán considerados por si solos, aquellos premios nacionales o extranjeros que conlleven un beneficio económico.

  • En caso de que se acepte el ingreso del postulante, deberá remitir toda la documentación en original o copia autorizada ante notario. Lo anterior, sin perjuicio de las donaciones que se realicen.

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